El SEP-CV gana las elecciones en la empresa de mantenimiento de jardines del Ayuntamiento de Alicante

El Sindicato de Empleados Públicos de la Comunidad Valenciana (SEP-CV) ha ganado las elecciones en la empresa de mantenimiento de jardines del Ayuntamiento de Alicante Geamur. Es la primera vez que el SEP-CV se presenta a las elecciones sindicales para el comité de empresa de Geamur. El SEP-CV ha obtenido 6 delegados de los 9 que se elegían, por lo que se convierte en el sindicato mayoritario. (más…)

Bases y criterios generales para la selección, promoción y movilidad de todas las escalas y categorías de los cuerpos de la Policía Local

En relación al nuevo decreto del Consell por el que se establecen las bases y criterios generales para la selección, promoción y movilidad de todas las escalas y categorías de los cuerpos de la Policía Local de la Comunidad Valenciana os informamos de que ya se ha publicado en el DOGV y resumimos su contenido en cuanto a lo que afecta, sobre todo, a la escala básica. Este Decreto desarrolla el Titulo IV de la Ley 17/2017 y sustituir al Real Decreto 88/2001.                       Las modificaciones del nuevo decreto son las siguientes: La superación de las pruebas físicas, (más…)

Información sobre las plazas de interino en la administración pública

Las informaciones publicadas acerca de las plazas de interino en la administración pública han creado confusión entre algunas de las personas afiliadas al SEP-CV. No podemos ofreceros una respuesta firme y concisa sobre lo que va a suceder con estos puestos de trabajo, pero vamos a tratar de explicaros cuál es la situación actual. En 1999, la Unión Europea aprobó la directiva 1999/70/CE, en la que se hacía un mandato a los estados miembros de bajar sus tasas de temporalidad en el empleo. La directiva menciona la importancia de negociar con la parte social acuerdos para modernizar la organización del (más…)

¿Es obligatorio realizar revisiones médicas en la empresa?

Pixabay CC Toda persona trabajadora tiene derecho a pasar una revisión médica anual, por tanto es obligación de la empresa poner a disposición de las trabajadoras y los trabajadores los medios necesarios, según establece la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en su artículo 22:  “Vigilancia de la salud 1. El empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo. Esta vigilancia sólo podrá llevarse a cabo cuando el trabajador preste su consentimiento. De este carácter voluntario sólo se exceptuarán, previo informe de los (más…)